Aquí tenéis el enlace para descargaros este tema como complemento o alternativa al que vemos en clase:
EL SEXENIO DEMOCRÁTICO. También os dejo los cuatro textos que entran para selectividad en la parte de comentario (son los que van numerados y encuadrados). Y añado los materiales usados en clase y un
enlace sobre los útlimos descubrimientos acerca del asesinato de Prim:
6.-PROCLAMA DE LOS
SUBLEVADOS EN CÁDIZ: 19 DE SEPTIEMBRE DE
1868.
Españoles:
La
ciudad de Cádiz, puesta en armas con toda su provincia, con la armada anclada
en el puerto... declara solemnemente que niega su obediencia al gobierno que
reside en Madrid, segura de que es leal interprete de todos los ciudadanos que
no hayan perdido el sentimiento de la dignidad, y resuelta a no deponer las
armas hasta que la Nación recobre su soberanía, manifieste su voluntad y se
cumpla.
Hollada
la ley fundamental, corrompido el sufragio por la amenaza y el soborno, muerto
el municipio, pasto de la administración y la hacienda de la inmoralidad, tiranizada
la enseñanza, muda la prensa...
Queremos
una legalidad común, por todos creada; queremos vivir la vida de la honra y la
libertad.
Queremos
que un gobierno provisional, que represente todas las fuerzas vivas del país, asegure
el orden, en tanto que el sufragio universal echa los cimientos de nuestra regeneración
social y política.
Contamos
con el concurso de todos los liberales, con el apoyo de las clases acomodadas,
que no querrán que el fruto de sus sudores siga enriqueciendo la interminable
serie de favoritos; con los amantes del orden, con los ardientes partidarios de
las libertades individuales, con el apoyo de los ministros de altar, con el pueblo
todo y con aprobación, en fin, de la Europa entera...
Españoles:
acudid todos a las armas, único medio de economizar la efusión de sangre.
Sed,
como siempre, valientes y generosos. La única esperanza de nuestros enemigos consiste
ya en los excesos a que desean vernos entregados...
¡Viva
España con honra!
Cádiz,
19 de septiembre de 1868.
Duque de la Torre.- Juan Prim.- Domingo Dulce.- Francisco
Serrano.- Ramón Nonvilas.- Rafael Primo de Rivera.- Antonio Caballero de
Rodas.- Juan Topete.
7.- ALGUNOS ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN DE 1869.
La
Nación española y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio
universal... decretan y sancionan la siguiente Constitución.
Art.
16. Ningún español que se halle en el pleno goce de sus derechos civiles podrá
ser privado del derecho de votar en las elecciones de senadores, diputados a
Cortes, diputados provinciales y concejales.
Art.
17. Tampoco podrá ser privado ningún español:
Del
derecho de emitir libremente sus ideas...
Del
derecho a reunirse pacíficamente.
Del
derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana...
Art.
21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión
católica. El ejercicio público o privado de cualquier otro culto queda
garantizado...
Art.
32. La soberanía reside esencialmente en la Nación, de la cual emanan todos los
poderes.
Art.
33. La forma de Gobierno de la Nación española es la Monarquía.
Art.
34. La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes. El Rey sanciona y
promulga las leyes.
Art.
93. Se establecerá el juicio por jurados...
Art.
108. Las Cortes Constituyentes reformarán el sistema actual del gobierno de las
provincias de Ultramar, cuando hayan tomado asiento los diputados de Cuba y
Puerto Rico…
8.- AMADEO I RENUNCIA A LA CORONA DE ESPAÑA
Al
Congreso:
Grande
fue la honra que merecí a la nación española eligiéndome para ocupar su trono.
Dos años largos ha que ciño de Corona de España y la España vive en constante lucha.
Si fuesen extranjeros los enemigos de su dicha, entonces, al frente de estos soldados,
tan valientes como sufridos, sería el primero en combatirlos; pero todos los que
con la espada, con la pluma, con la palabra, agravan y perpetúan los males de
la Nación son españoles; todos invocan el dulce nombre de la patria, todos
pelean y se agitan por su bien...
Entre
tantas y tan opuestas manifestaciones de la opinión pública, es imposible
atinar cuál es la verdadera, y más imposible todavía hallar el remedio para
tamaños males. Lo he buscado ávidamente dentro de la ley y no lo he hallado.
Fuera de la ley no ha de buscarlo quien prometió observarla. Nadie achacará a
flaqueza de ánimo mi resolución. Estas son, señores diputados, las razones que
me mueven a devolver a la Nación, y en su nombre a vosotros, la Corona que me
ofreció el voto nacional, haciendo de ella renuncia por mí, por mis hijos y
sucesores.
Amadeo.- Palacio de
Madrid, 11 de febrero de 1873
9.- ALGUNOS ARTÍCULOS
DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN DE 1873.
Art.
1. Componen la Nación española los Estados de Andalucía Alta, Andalucía Baja, Aragón,
Asturias, Baleares, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Cataluña,
Cuba, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, Puerto Rico, Valencia, Regiones
Vascongadas. Los Estados podrán conservar las actuales provincias o
modificarlas, según sus necesidades territoriales.
Art.
39. La forma de gobierno de la Nación española es la República federal.
Art.
92. Los Estados tienen completa autonomía económico- administrativa y toda la autonomía
política compatible con la existencia de la Nación.
Art.
93. Los Estados tienen la facultad de darse una Constitución política que no
podrá en ningún caso contradecir a la presente Constitución.
Art.
96. Los Estados regirán su política propia, su industria, su hacienda, sus
obras públicas, sus caminos regionales, su beneficencia, sus instrucción y
todos los asuntos civiles y sociales que no hayan sido por esta Constitución
remitidos al Poder federal.
Gobieno provisional tras la Revolución
Mapa del carlismo y del federalismo en el Sexenio
Carlos VII (pretendiente carlista)
Viñeta sobre el republicanismo
División de republicanos federalistas y unitarios
Abandono de Amadeo I
Proclamación de la I República
Mapa del cantonalismo
Moneda acuñada por el cantón de Cartagena
Caricatura sobre la I República
División federal en la Constitución de 1873
Caricatura sobre el fin de la I República
Entrada de Pavía en el Congreso
Cuento del ciego y el lazarillo